¿Quién Paga los Daños? Diferencias entre Seguro de Hogar y Seguro de Copropiedad

Vivir en propiedad horizontal (edificios o conjuntos) genera una confusión común cuando ocurre un siniestro: ¿Este daño lo pago yo o lo paga la administración?

Para entenderlo, debemos diferenciar los dos tipos de pólizas que gestionamos en AIN Seguros:

1. Seguro de Copropiedades (Áreas Comunes) Es obligatorio por ley. Cubre la estructura del edificio (fachadas, techos, cimientos) y las zonas de uso común (pasillos, ascensores, recepción) contra incendio, terremoto y otros riesgos. También protege el patrimonio de los administradores mediante la póliza de Responsabilidad Civil para Directores y Administradores.

2. Seguro de Hogar (Áreas Privadas) Cubre lo que sucede de la puerta hacia adentro. Protege sus pisos, cocinas, baños, electrodomésticos y muebles.

El Caso Clásico: La Tubería Rota Si se rompe un tubo matriz del edificio y daña su piso de madera, paga el seguro de la Copropiedad. Pero si se rompe el tubo de su lavamanos e inunda al vecino de abajo, responde su seguro de Hogar a través de la cobertura de Responsabilidad Civil Extracontractual.

No deje su patrimonio expuesto a interpretaciones. Asesoramos tanto a consejos de administración como a propietarios individuales.

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